Las medidas urgentes en materia de medio ambiente presentadas por el Gobierno admitirán enmiendas hasta el 1 de septiembre*

(ACTUALIZACIÓN- 28 junio: El Congreso ha extendido el periodo de enmiendas hasta el sábado 1 de septiembre según se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales).

A principios de este mes se aprobó en el Consejo de Ministros el Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia de medio ambiente por las que el Gobierno quiere lograr una gestión más eficiente de los recursos. El texto se encuentra en este momento en  la Comisión de Agricultura,  Alimentación y Medio Ambiente del Congreso de los Diputados y será tratado como un Proyecto de Ley. Por tanto, admite enmiendas  hasta el 4 de junio*, según se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de hoy, 25 de mayo.

Los objetivos marcados por el Ejecutivo para justificar la rapidez de las medidas son la necesidad de que la legislación medioambiental sea clara y aporte la seguridad jurídica necesaria para garantizar el mantenimiento del entorno. Además se pretende conseguir, mediante mecanismos eficaces de conservación y protección, la preservación del medio ambiente, compatibilizándolo con el desarrollo de la actividad humana.

Para llegar a cumplirlos, las modificaciones presentadas simplifican los trámites administrativos de algunas acciones, que demoran y dificultan las gestiones a los ciudadanos y a las administraciones públicas.

Entre las medidas más significativas se encuentran las referentes a aguas, patrimonio natural y gestión de residuos. Con la aprobación del texto se modifica el Real Decreto Ley 1/2001 de Aguas. Los cambios refuerzan e incrementan significativamente las sanciones para cualquier infracción y devuelve al Estado la función de policía en las cuencas intercomunitarias, asegurando el principio de unidad de gestión independientemente de dónde estén las cuencas localizadas.

También se renueva la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad con la unificación y consolidación de las figuras de protección del medio y la garantía de compatibilidad de la protección del entorno con las necesidades de desarrollo propias de los núcleos urbanos, a través de la planificación de espacios naturales.

Y por último, las modificaciones en la reciente Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados se centran en la delimitación de las competencias sancionadoras de las entidades locales y la simplificación y reducción del volumen de cargas administrativas, especialmente en lo relacionado con traslados de residuos entre Comunidades Autónomas y autorización de sistemas colectivos en el marco de la responsabilidad ampliada del productor.

En materia de residuos industriales las modificaciones propuestas no son relevantes, sin embargo, una revisión más pausada habría permitido examinar algunas cuestiones que preocupan al sector.

No obstante somos conscientes de que la ley tiene sus limitaciones y que los grandes retos se encuentran en el desarrollo reglamentario que, por su extensión, prevemos se alargará los próximos cuatro años. También en su aplicación,  y para esto  la Comisión de Coordinación tiene un papel fundamental para lograr una política común de residuos en todo el territorio.