Inicio de actividad del productor de residuos

Deberán presentar una comunicación a la comunidad autónoma en la que se encuentren la instalación, ampliación o traslado de las actividades que produzcan más de 10 t/año de residuos peligrosos, y las que produzcan más de 1000 t/año de residuos no peligrosos.

Deberán presentar un seguro u otra garantía financiera que cubra las responsabilidades.


Requisitos

Los productores de residuos peligrosos y de más de 1000 toneladas/año de residuos no peligrosos, deberán presentar una comunicación previa al inicio de la actividad, ante la comunidad autónoma (Ley 7/2022 art. 35).
También deberá suscribir un seguro u otra garantía financiera que cubra las responsabilidades a que puedan dar lugar sus actividades atendiendo a sus características, peligrosidad y potencial de riesgo. Quedan exentos de esta obligación los productores de residuos peligrosos que generen menos de 10 toneladas al año (Ley 7/2022 art. 20.6).

Forma de presentación

Ante el órgano competente en materia de autorización ambiental de la comunidad autónoma.

Normativa

Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados

Artículo 35. Comunicación previa al inicio de las actividades de producción y gestión de residuos.

1. Sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa de carácter sectorial que resulte de aplicación, deberán presentar una comunicación previa al inicio de sus actividades ante la autoridad competente de la comunidad autónoma donde estén ubicadas, las entidades o empresas que se encuentren en alguno de los supuestos que se enuncian a continuación:

   a) Instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que generen residuos peligrosos.

  b) instalación, ampliación, modificación sustancial o traslado de industrias o actividades que generen más de 1000 toneladas/año de residuos no peligrosos.

   c) realización de actividades que estén exentas de autorización según lo establecido en el artículo 34.

   f) almacenamiento de residuos en plataformas logísticas de la distribución como consecuencia de la logística inversa.

2. Según la normativa.......

3. La comunicación establecida en los apartados 1.a), b), e), f) y 2 tendrá al menos el contenido indicado en el anexo XI. Estas comunicaciones serán válidas en todo el territorio nacional y se inscribirán, por la comunidad autónoma ante la que se haya presentado en su respectivo registro. Esta información se incorporará en el Registro de producción y gestión de residuos, previsto en el artículo 63.

Art. 20
El productor de residuos peligrosos estará obligado a suscribir un seguro u otra garantía financiera que cubra las responsabilidades a que puedan dar lugar sus actividades atendiendo a sus características, peligrosidad y potencial de riesgo, debiendo cumplir con lo previsto en el artículo 23.5.c). Quedan exentos de esta obligación los productores de residuos peligrosos que generen menos de 10 toneladas al año.