Nuevo Real Decreto para mejorar la gestión de residuos de RAEE, pilas y acumuladores

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado un Real Decreto para mejorar la gestión de residuos de pilas, acumuladores y de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE). Esta normativa modifica dos textos previos: el Real Decreto sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos de 2008 y el Real Decreto sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos de 2015. El nuevo texto incorpora las modificaciones introducidas en 2018 en las Directivas comunitarias que regulan ambos flujos de residuos, en particular la obligación de hacer uso de instrumentos económicos para aplicar el principio de jerarquía en la gestión de estos residuos.

Por un lado, en cuanto a la normativa sobre residuos de pilas y acumuladores, el cambio más relevante que se introduce es que los residuos de las pilas y acumuladores que contengan sustancias como el litio o el níquel metal hidruro, tendrán una clasificación específica como residuo peligroso. De esta forma, se garantiza que estos residuos se gestionen teniendo en cuenta esas características de peligrosidad.

Por otro lado, en la normativa relacionada con RAEE, se clarifica su ámbito de aplicación, ya que desde agosto de 2018 se aplica a todos los aparatos eléctricos y electrónicos y no solo a categorías determinadas. Esto permitirá una clasificación más sencilla y coherente con los requisitos de tratamiento específico para cada tipo de RAEE.

Asimismo, se concretan los objetivos de gestión de residuos que deben cumplir los productores de aparatos eléctricos y electrónicos. Para ello, se tiene en cuenta el peso de los RAEE recogidos y financiados por los productores tras su tratamiento específico. También se ordenan las responsabilidades que asumen los productores directamente y se distinguen de otras que se cumplen a través de los sistemas de responsabilidad ampliada, sin suponer en ningún caso una extensión o modificación de sus obligaciones.

Además, se permite que los sistemas colectivos puedan realizar actividades complementarias siempre que sean financiadas de forma voluntaria y únicamente por aquellos productores que hayan decidido participar en ellas. Al mismo tiempo, se adecúa el importe de su garantía financiera al 25% frente al 100% del coste medio anual actual de gestión de los RAEE.

El nuevo Real Decreto establece los objetivos de recogida estatal de RAEE y se podrán añadir objetivos específicos para ciertos aparatos para así poder realizar un seguimiento adecuado de la gestión de los residuos que generen. También introduce un mecanismo que permitirá flexibilizar los objetivos de recogida separada de las categorías de RAEE, de tal forma que se puedan fijar objetivos menores para categorías de RAEE con más dificultad de recogida y objetivos mayores para otras categorías en las que la cantidad de residuo sea más significativa. Todo ello, sin alterar el objetivo estatal de cumplimiento, que permanece invariable.

El documento busca mejorar la coordinación a través del grupo de trabajo de RAEE de la Comisión de coordinación en materia de residuos y generar mecanismos de valoración de las campañas de comunicación presentadas por los sistemas de responsabilidad ampliada del productor. También se precisan las funciones de la plataforma electrónica de gestión de RAEE para indicar más claramente la información que puede obtenerse a través de este instrumento.