Cuáles son las obligaciones de información, clasificación, traslado y la fiscalidad de la gestión de los residuos en la Comunidad de Madrid.
Actualizado el 2023-03-14 06:33
Contenido
Inicio de actividadObligaciones de información
Traslado
Impuesto
Normativa
Información complementaria
Contacto
Inicio de actividad
El Inicio de actividad en La Comunidad de Madrid debe tramitarse desde Aquí.
Obligaciones de información
En La comunidad de Madrid existe la obligación de presentar la memoria anual de actividad, resumen de la información contenida en el archivo cronológico de residuos, para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 65 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Se debe presentar la Memoria Productor de Residuos Peligrosos a través de modelo propio.
Traslado
Cómo hacer el trámite
Para el traslado de residuos desde la Comunidad de Madrid a otra Comunidad Autónoma, y dentro de la Comunidad de Madrid debe utilizarse eSIR, se puede ampliar mas información desde Aquí.
Observaciones antes de realizar el trámite
Antes del inicio del traslado, se debe determinar quien es el operador del traslado. El operador del traslado es quien tiene la intención de trasladar los residuos o el obligado a notificar el traslado.
Se contempla la posibilidad de que el operador apodere a un tercero para realizar los trámites administrativos del traslado, en los casos en los que se emplea eSIR el apoderamiento electrónico se realiza a través de Apodera.
Requisitos
En la Comunidad de Madrid los requisitos son:
- Presentar comunicación previa de actividades productoras de residuos peligrosos y se facilitará el número de identificación medioambiental (NIMA).
- Los productores de residuos no peligrosos (menor o igual a 1000 t/año) o poseedores, que necesiten el NIMA para tramitar los traslados de residuos, pueden solicitarlos desde Aquí.
- Disponer de un contrato de tratamiento con carácter previo al inicio del traslado. Si los residuos trasladados entre dos instalaciones son gestionados por la misma entidad jurídica, este contrato puede sustituirse por una declaración de la entidad. Quedan excluidas de la suscripción del contrato de tratamiento, las entidades locales que actúan como operadores del traslado, cuando trasladan residuos a sus propias instalaciones de valorización o eliminación.
- Que los residuos vayan acompañados de un documento de identificación desde el origen hasta su recepción.
Impuesto
El organismo encargado de gestionar el impuesto en la Comunidad de Madrid es la Agencia Tributaria.
Normativa
Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados
Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Información complementaria
Contacto
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
Viceconsejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Economía Circular
Tel. 915 80 42 60 / 914 38 22 00
